jueves, 30 de junio de 2016

TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA



INTRODUCCIÓN

El teletrabajo es una modalidad especial de prestación de servicios que se caracteriza por la utilización de tecnologías de información y las telecomunicaciones (TIC), sin necesidad de que el trabajador esté presente en el centro de trabajo. Esta se puede desarrollar de forma completa, cuando el trabajador presta servicios fuera del centro de trabajo (público o privado), o de manera mixta, cuando asiste ocasionalmente.

De la misma manera el teletrabajo es una modalidad especial de prestación de servicios y se puede dar en las instituciones públicas y privadas, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el 3 de noviembre del 2015 el Decreto Supremo Nº 017-2015-TR que aprueba el reglamento de la Ley Nº 30036 que regula el teletrabajo.

Mediante este informe se pretende dar a conocer un concepto acerca del trabajo aso como las ventajas y desventajas con las que cuenta, sus características, el teletrabajo en el Perú de la misma manera sus inicios en el Perú y sus excepciones.

TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

1. DEFINICIÓN DE TELETRABAJO

Definir el teletrabajo no es tarea fácil. Etimológicamente el término Teletrabajo supone la unión entre telou (griego) y tripaliare (latín), que significan lejos y trabajar respectivamente. La palabra implica por tanto trabajo a distancia, pero eso no es, evidentemente, todo.

Gray, Hodson y Gordon, el teletrabajo "es una forma flexible de organización del trabajo que consiste en el desempeño de la actividad profesional sin la presencia física del trabajador en la empresa durante una parte importante de su horario laboral. Engloba una amplia gama de actividades y puede realizarse a tiempo completo o parcial. La actividad profesional en el teletrabajo implica el uso frecuente de métodos de procesamiento electrónico de información, y el uso permanente de algún medio de telecomunicación para el contacto entre el teletrabajador y la empresa".
 
Es el trabajo realizado a distancia utilizando Tecnologías de la Información y la Comunicación (más conocidas como TICs) para vender productos y servicios al mundo.

El teletrabajo o trabajo desde casa es un acuerdo de trabajo flexible que permite a un empleado, consultor, o contratista trabajar remotamente desde su domicilio o lugar elegido por él una parte de la semana o toda la semana completa. Es también una opción para aquellos días en los que el empleado tiene que atender asuntos personales que solo le requerirán una parte reducida del día, ya que así no tendrá que pedir el día libre o cambiarlo, de modo que puede cumplir con todas sus obligaciones sin trastornos para nadie.

Es una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación – TIC para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo.


2. VENTAJAS DEL TELETRABAJO

2.1. PARA LAS EMPRESAS: El teletrabajo tiene las siguientes ventajas:

·         Reducción de costos (de producción, de equipamiento, dietas,etc.)

·         Mejor actitud, compromiso y motivación de los empleados.

·         Eliminación de control horario.

·         Menos problemas de convivencia entre empleados.

·         Posibilidad de modificar horarios de trabajo.

·         Mejor aprovechamiento de los puestos de trabajo, que pueden ser compartidos por distintos trabajadores.


2.2. PARA LOS EMPLEADOS: Para los empleados, el teletrabajo también tiene muchas ventajas:

o   Horarios flexibles.

o   Más autonomía y control sobre sus vidas.

o   Más oportunidades laborales.

o   Oportunidad de mejorar en la profesión.

o   Mejor integración laboral de personas con discapacidad.

3. CARACTERÍSTICAS DISTINTIVAS DEL TELETRABAJO

El teletrabajo producirá múltiples consecuencias en las relaciones laborales y ofrecerá unas características distintivas que lo harán muy útil en una gran variedad de tipos de trabajo y en diferentes tipos de actividades.

-       Ahorro de superficie en las oficinas de las empresas. El número de despachos puede reducirse ya que un solo despacho puede servir para varias personas que lo ocuparían de forma escalonada o irregular.

-       Incremento de la productividad laboral.

-       Incremento en la calidad de vida de los trabajadores.

-       Cambios en los planteamientos urbanísticos. Cambiarán la ubicación de la población, el tipo de hogar y las instalaciones comunitarias que se necesitan al hacer del domicilio el lugar de trabajo. 

-       Redistribución de la población. La tendencia actual es residir en los alrededores de las grandes ciudades, donde crecen los nuevos asentamientos que ofrecen mayor calidad de vida.

-       Reducción de los viajes al lugar de trabajo (teleconmuting), al evitarse esencialmente los tiempos empleados en las horas punta y en los atascos. Esto llevará consigo menores infraestructuras de transporte, menos contaminación, menos horas perdidas en desplazamientos, más tiempo para el ocio y el tiempo libre. Naturalmente, todo ello con una acusada repercusión en el urbanismo de la ciudad.

4. INICIATIVAS EN PERÚ


La Ley N° 30036, del 15 de mayo de 2013, tiene por finalidad incorporar al teletrabajo como una modalidad especial de prestación de servicios en instituciones públicas y privadas, donde el empleador proporciona los equipos de comunicaciones o compensa económicamente el uso de equipamiento del teletrabajador.

Asimismo, la Ley establece un carácter voluntario y reversible para el teletrabajo en el sentido de que el empleador puede variar la modalidad de prestación de servicios de un trabajador hacia o desde el teletrabajo y el trabajador debe consentir su cambio de modalidad hacia el teletrabajo o solicitar su reversión hacia la modalidad anterior. El vínculo laboral, y todo lo que ello implica, no es afectado por el cambio de modalidad, y, en consecuencia, pueden utilizarse todas las modalidades de contratación preestablecidas (Decreto Legislativo N° 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público y regímenes especiales).

5. EL REGLAMENTO QUE REGULARÁ EL TELETRABAJO EN EL PERÚ

La modalidad del teletrabajo podrá desarrollarse de forma completa, donde el teletrabajador presta servicios fuera del centro de trabajo o del local de la entidad pública; y de forma mixta, donde el teletrabajador presta servicios de forma alterna dentro y fuera del centro de trabajo.

Con la finalidad de regular el teletrabajo, como una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC), en las instituciones públicas y privadas, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el 3 de noviembre del 2015 el Decreto Supremo Nº 017-2015-TR que aprueba el reglamento de la Ley Nº 30036 que regula el teletrabajo.

“Esta Ley permitirá una correcta aplicación de la modalidad de teletrabajo, lo cual beneficiará la empleabilidad de las poblaciones vulnerables”, subrayó al respecto el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

La modalidad del teletrabajo puede desarrollarse bajo dos modalidades: de forma completa, donde el teletrabajador presta servicios fuera del centro de trabajo o del local de la entidad pública, pudiendo acudir ocasionalmente para las coordinaciones necesarias.

Y la forma mixta, donde el teletrabajador presta servicios de forma alterna dentro y fuera del centro de trabajo.

No se considera teletrabajador a la persona que ocasionalmente presta servicios fuera del centro de trabajo o entidad pública.


6. TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA


Se caracteriza por el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador, denominado “teletrabajador”, en la empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la supervisión de las labores. Son elementos que coadyuvan a tipificar el carácter subordinado de esta modalidad de trabajo la provisión por el empleador de los medios físicos y métodos informáticos, la dependencia tecnológica y la propiedad de los resultados, entre otros.

El Teletrabajo es el Trabajo que una persona realiza para una empresa desde un lugar alejado de la sede de esta (habitualmente su propio domicilio), por medio de un sistema de telecomunicación. El término “Teletrabajo” se considera en la Agenda Digital 2.0. La Agenda Digital 2.0 contiene la visión y los objetivos estratégicos del Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, Agenda Digital 2.0, que tiene como objetivo general, permitir que la sociedad peruana acceda a los beneficios que brinda el desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación en todos sus aspectos.

La Referencia al Teletrabajo en la Agenda Digital 2.0 hace referencia al Teletrabajo en su Estrategia 4, la cual es la siguiente: Estrategia 4. Contribuir a generar empleo digno mediante el uso de las TIC El uso de las TIC en nuestra sociedad han traído cambios en diversos aspectos, siendo el laboral uno de ellos. Por una parte ha generado cambios en el mercado de trabajo, así como, en los procesos de trabajo y las relaciones laborales. Por otra, ha abierto un campo laborar amplio tanto para el rubro de trabajo del sector TIC, como por el desarrollo del Teletrabajo y las propuestas alrededor de ello.

La Situación actual de aplicación práctica del teletrabajo en las instituciones del estado y Normatividad del Teletrabajo Con la finalidad de regular el teletrabajo, como una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC), en las instituciones públicas y privadas, y promover políticas públicas para garantizar su desarrollo, como lo establece el Decreto Supremo Nº 017- 2015-TR que aprueba el reglamento de la Ley Nº 30036 que regula el teletrabajo.


7. SITUACIONES EXCEPCIONALES PARA LA MODALIDAD DE TELETRABAJO

Las entidades públicas pueden requerir la contratación de servidores civiles que se desempeñen como teletrabajadores desde un inicio de la prestación de servicios, bajo los siguientes supuestos:

-       En circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que requieran que algunas actividades se realicen bajo la modalidad de teletrabajo.

-       Cuando se afecte la prestación de servicios de manera imprevista, y para garantizar su continuidad se pueda realizar algunas actividades bajo la modalidad de teletrabajo.

-       Cuando se produce el incremento extraordinario y temporal de actividades en una determinada entidad.

8. CONCLUSIONES


El teletrabajo es una forma flexible de organización del trabajo que consiste en el desempeño de la actividad profesional sin la presencia física del trabajador en la empresa durante una parte importante de su horario laboral. Utilizando Tecnologías de la Información y la Comunicación (más conocidas como TIC) para vender productos y servicios al mundo.La Ley N° 30036, del 15 de mayo de 2013, tiene por finalidad incorporar al teletrabajo como una modalidad especial de prestación de servicios en instituciones públicas y privadas, donde el empleador proporciona los equipos de comunicaciones o compensa económicamente el uso de equipamiento del teletrabajador.El teletrabajo se puede desarrollar de forma completa, cuando el trabajador presta servicios fuera del centro de trabajo (público o privado), o de manera mixta, cuando asiste ocasionalmente.

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